Alberto Held F.
Expresidente de Cámara Petrolera de Venezuela
Según datos de la OPEP, el precio del barril de petróleo de sus países miembros ha descendido un 68,9 % en los últimos doce meses. La demanda mundial de petróleo se reducirá en 2020 en un 9,8 % (por efecto de la pandemia del COVID-19). La producción de Venezuela en marzo 2020 se ubica en 660MBD. En los últimos dos años, la oferta mundial de petróleo ha incrementado, lo cual ha causado una disminución en el precio del barril.
Esto lleva a los inversionistas y operadores internacionales a buscar, para sus nuevos proyectos, regiones productivas con menores costos de producción, que les permitan maximizar la rentabilidad de sus negocios en un escenario de precios bajos. Para atraer nuevas inversiones en hidrocarburos los países deben ofrecer ventajas comparativas y competitivas; además de garantías contractuales y jurídicas a inversionistas y operadores.
Si hay un tema de coincidencia en nuestro país, es en la necesidad de recuperar la producción de nuestra IPGN. Por esto, diversos grupos han elaborado propuestas de cambio en políticas y normativas legales para atraer nuevas inversiones privadas en el sector hidrocarburos, tomando en cuenta que el Estado no está en condiciones y capacidad para realizarlas.
Venezuela tiene una larga trayectoria de producción de hidrocarburos, posee grandes reservas de crudo y gas, dispone de infraestructura de producción, servicios industriales, instalaciones de tratamiento, transporte, almacenamiento, mejoramiento, refinación y terminales de embarque, las cuales pueden ser rápidamente actualizadas tecnológicamente para optimizar su operatividad. El país también dispone de empresas privadas nacionales, proveedoras de bienes y servicios para el sector, con una trayectoria promedio superior a cuarenta años, que cuentan con recursos humanos estratégicos y experiencia para responder a las nuevas demandas del sector. Todo esto se traduce en menores costos operativos comparados con otras regiones del mundo.
Las propuestas de cambio en la normativa legal contemplan modificaciones en: relaciones contractuales entre el Estado y los inversionistas / operadores privados, aspectos regulatorios (LOH y LOHG), así como en el régimen fiscal y parafiscal aplicable.
Consideramos que los cambios en el marco regulatorio y legal, también deben incluir modificaciones que especifiquen los niveles de participación y contenido nacional en los nuevos proyectos de hidrocarburos y supervisen su cumplimiento. En Venezuela, la participación y contenido nacional ha sido considerada de manera conceptual y general en nuestra legislación, así encontramos que en la Constitución Nacional (en los Artículos 299, 301, 302, 308 y 311) se define el papel del Estado respecto a esta materia. Igualmente, en la LOH (Artículos 3,5,18,22,51 y 52), así como en la LOHG (Artículos 2,7 y 32), tratan materias relacionadas con la participación y contenido nacional. Sin embargo, en la práctica, esto ha demostrado no ser suficiente para asegurar el nivel esperado de participación y contenido nacional.
Los capitales y empresas internacionales, salvo en muy contadas excepciones, se han asociado con empresas privadas nacionales, además acostumbran incorporar en sus proyectos y operaciones, la mayor cantidad de bienes y servicios producidos en sus países de origen, en perjuicio de los producidos localmente.
Sólo con adecuados niveles de participación y contenido nacional, podremos asegurar un desarrollo integral, sustentable y no rentista en el sector hidrocarburos, para beneficio de nuestra nación y de todos sus ciudadanos.